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¿Qué son las voluntades anticipadas?

Las voluntades anticipadas son declaraciones orales o, preferiblemente, escritas (si es oral no obliga a los profesionales sanitarios a cumplirlas aunque deben tenerlas en cuenta) dirigidas a los profesionales sanitarios, hechas por una persona mayor de edad, libremente y con plena capacidad para tomar decisiones sobre los cuidados de su salud y como quiere ser tratada, con la intención de que entren en vigor si pierde esta capacidad.

En el documento de voluntades anticipadas (DVA) la persona también puede designar un representante, que será su representante válido ante el médico y el equipo sanitario, y que la substituirá en la defensa de sus intereses si llega el caso en que no pueda expresar su voluntad. La persona debe saber que estas voluntades se pueden revocar siempre que se crea oportuno.

¿Por qué hacer un DVA?

Desde un punto de vista ético, el derecho a redactar un DVA se fundamenta en el principio de autonomía de la persona. Este principio contempla el derecho que tiene cada persona de tomar las decisiones que se correspondan con sus propios valores y sus convicciones.

Desde un punto de vista legal, la posibilidad de expresar anticipadamente por escrito cómo se quiere ser atendido es un reconocimiento del derecho de autonomía, que queda contemplado tanto en la Ley 21/2000, del Parlamento de Cataluña, en su artículo número 8, como en la Ley 41/2002, del Parlamento Español, en su artículo número 11.

¿Cómo se puede hacer el DVA?

Existen dos posibilidades para poder hacer un DVA:

  1. Se puede formalizar ante un notario, aunque antes se puede haber hablado con un profesional del equipo de salud que atienda habitualmente a la persona.
  2. Se puede hacer ante tres testigos mayores de edad y que conserven su capacidad de obrar. Como mínimo dos de estos testigos no deben tener ninguna relación de parentesco hasta segundo grado ni estar vinculados a quién hace el DVA por relación patrimonial.


En cuanto al registro del DVA, en Cataluña, si se hace ante notario, él mismo lo envía al registro centralizado de DVA del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya. En cambio, si se hace ante tres testigos, se puede ir al correspondiente Centro de Atención Primaria y solicitar allí que lo registren. Todas las comunidades autónomas tienen su registro oficial de DVA, generalmente están ubicados en las consejerías o departamentos de salud.

En el segundo supuesto, se recomienda registrar el DVA para que quede constancia de su contenido y de esta forma garantizar la voluntad de quien lo ha creado.

¿Qué modelos de DVA existen?

No hay ningún modelo oficial, todos son válidos; incluso se tiene la opción de hacer uno propio. Sin embargo, con el fin de facilitar la redacción, existen diversos modelos que especifican algunas posibilidades en cuanto a los contenidos. Estos modelos se pueden solicitar en el centro de salud, en los hospitales o en otras instituciones sanitarias. Algunos de estos modelos están disponibles en formato electrónico.

Una vez hecho el DVA

  • Es muy importante que la familia o personas cercanas conozcan la existencia de este documento y las directrices que se expresan en él.
  • Debe tenerse presente que el documento tiene un límite legal relacionado con aquellas voluntades anticipadas que incorporen previsiones contrarias al ordenamiento jurídico o a la buena práctica clínica.


El papel de la enfermera

Tener cuidado de una persona significa trabajar desde el respeto a su voluntad. Es por este motivo que, si la persona lo necesita, la enfermera le ayudará activamente en todas las cuestiones relacionadas con las voluntades anticipadas. Puede dar apoyo para la toma de decisiones sobre futuros tratamientos, cuidados y, de una manera especial, sobre los tratamientos relacionados con el mantenimiento artificial de la vida; también puede ayudar a redactar y registrar documentos de voluntades anticipadas. Entre los aspectos básicos de los cuidados enfermeros está el hacer todo lo posible para respetar, y hacer que se respeten, las preferencias especificadas en el DVA. 

 

Infografía voluntades anticipadas

Descárgate aquí la infografía

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Última modificación: 01/08/22 12:10h

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