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¿Qué son las voluntades anticipadas?
Las voluntades anticipadas son declaraciones orales o, preferiblemente, escritas (si es oral no obliga a los profesionales sanitarios a cumplirlas aunque deben tenerlas en cuenta) dirigidas a los profesionales sanitarios, hechas por una persona mayor de edad, libremente y con plena capacidad para tomar decisiones sobre los cuidados de su salud y como quiere ser tratada, con la intención de que entren en vigor si pierde esta capacidad.
En el documento de voluntades anticipadas (DVA) la persona también puede designar un representante, que será su representante válido ante el médico y el equipo sanitario, y que la substituirá en la defensa de sus intereses si llega el caso en que no pueda expresar su voluntad. La persona debe saber que estas voluntades se pueden revocar siempre que se crea oportuno.
¿Por qué hacer un DVA?
Desde un punto de vista ético, el derecho a redactar un DVA se fundamenta en el principio de autonomía de la persona. Este principio contempla el derecho que tiene cada persona de tomar las decisiones que se correspondan con sus propios valores y sus convicciones.
Desde un punto de vista legal, la posibilidad de expresar anticipadamente por escrito cómo se quiere ser atendido es un reconocimiento del derecho de autonomía, que queda contemplado tanto en la Ley 21/2000, del Parlamento de Cataluña, en su artículo número 8, como en la Ley 41/2002, del Parlamento Español, en su artículo número 11.
¿Cómo se puede hacer el DVA?
Existen dos posibilidades para poder hacer un DVA:
- Se puede formalizar ante un notario, en este supuesto, no es necesaria la presencia de testigos.
- Se puede hacer ante tres testigos mayores de edad y que conserven su capacidad de obrar. Como mínimo dos de estos testigos no deben tener ninguna relación de parentesco hasta segundo grado ni estar vinculados a quién hace el DVA por relación patrimonial.
- Se puede hacer ante un profesional sanitario del ámbito de la atención primaria, hospitalaria o sociosanitaria, preferentemente de los centros de referencia para la persona.
En cuanto al registro del DVA, en Cataluña, si se hace ante notario, él mismo lo envía al registro centralizado de DVA del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya. En cambio, si se hace ante tres testigos, se puede ir al correspondiente Centro de Atención Primaria y solicitar allí que lo registren. Todas las comunidades autónomas tienen su registro oficial de DVA, generalmente están ubicados en las consejerías o departamentos de salud.
En el segundo supuesto, se recomienda registrar el DVA para que quede constancia de su contenido y de esta forma garantizar la voluntad de quien lo ha creado.
¿Qué modelos de DVA existen?
No hay ningún modelo oficial, todos son válidos; incluso se tiene la opción de hacer uno propio. Sin embargo, con el fin de facilitar la redacción, existen diversos modelos que especifican algunas posibilidades en cuanto a los contenidos. Estos modelos se pueden solicitar en el centro de salud, en los hospitales o en otras instituciones sanitarias. Algunos de estos modelos están disponibles en formato electrónico.
Una vez hecho el DVA
- Es muy importante que la familia o personas cercanas conozcan la existencia de este documento y las directrices que se expresan en él.
- Debe tenerse presente que el documento tiene un límite legal relacionado con aquellas voluntades anticipadas que incorporen previsiones contrarias al ordenamiento jurídico o a la buena práctica clínica.
El papel de la enfermera
Tener cuidado de una persona significa trabajar desde el respeto a su voluntad. Es por este motivo que, si la persona lo necesita, la enfermera le ayudará activamente en todas las cuestiones relacionadas con las voluntades anticipadas. Puede dar apoyo para la toma de decisiones sobre futuros tratamientos, cuidados y, de una manera especial, sobre los tratamientos relacionados con el mantenimiento artificial de la vida; también puede ayudar a redactar y registrar documentos de voluntades anticipadas. Entre los aspectos básicos de los cuidados enfermeros está el hacer todo lo posible para respetar, y hacer que se respeten, las preferencias especificadas en el DVA.
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Enlaces de interés
Mª Teresa Luis Rodrigo
Enfermera. Profesora Emérita de la Escuela de Enfermería de la Universidad de Barcelona. Se ha interesado desde hace años en el desarrollo y la utilización de las terminologías enfermeras (de diagnósticos, intervenciones y resultados), desde una concepción disciplinar de los cuidados. Conferenciante y ponente en foros de discusión y formación profesional. Autora de Los diagnósticos enfermeros. Revisión crítica y guía práctica (8ª ed., Madrid: Elsevier, 2008) y de De la teoría a la práctica. El pensamiento de Virginia Henderson en el siglo XXI (3ª ed., Barcelona: Masson, 2005), así como de numerosos artículos en distintas revistas científicas.
Hasta diciembre de 2016 formó parte de la dirección científica y disciplinaria de la Infermera virtual y, como tal, ha participado en la elaboración de los conceptos nucleares que guían el contenido de la web, ha asesorado en cuanto a su construcción y en la selección de los temas a abordar, de igual modo, ha colaborado, siempre desde la perspectiva científica y disciplinaria, en la revisión de los contenidos elaborados por los autores y en la revisión final del material elaborado antes de publicarlo en la web.
Gisel Fontanet Cornudella
Máster en educación para la salud (UDL). Postgrado en Enfermería psicosocial y salud mental (UB).
Actualmente es gestora de desarrollo de personas de la Unidad de Gestión del Conocimiento de la Fundación Sanitaria Mollet. Miembro del Consejo Asesor Fundación TICSALUT 2014-2017, del grupo @MWC_nursing, entre otros.
Hasta abril de 2015, ha sido adjunta en la Dirección de Programas del COIB llevando a cargo la dirección y coordinación del proyecto Infermera virtual y hasta diciembre de 2016 la dirección de la elaboración y el mantenimiento de los contenidos de Infermera virtual en lo que a su vertiente estructural y pedagógica se refiere, y como asesora del proyecto. Considera que las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) e Internet y, en general, la red 2.0 son un canal de comunicación e interacción con y para los ciudadanos, con un gran potencial para la promoción de la autonomía e independencia de las personas en el control y mejora de su salud, como complemento de la atención presencial y continuidad de los cuidados, puesto que es un medio a través del que la persona poco a poco expresa sus necesidades, deseos o inquietudes. Esta información es primordial para conocer el sujeto de la educación y en el cuidar.
Desde 1998, su actividad profesional se desarrolla en el marco de la promoción y la educación para la salud. Fue coordinadora y enfermera asistencial durante 6 años de la Unidad de educación para la salud en la atención a personas afectadas de un problema de salud crónico del Hospital Vall d’Hebron de Barcelona, donde intercaló de forma pionera la atención presencial y virtual. Ha ido centrando su línea de trabajo en el desarrollo de proyectos en el campo de la tecnología de la información y la comunicación (TIC), en el ámbito de la salud.
Es autora de diversas publicaciones, tanto en el registro escrito como en el audiovisual, y de documentos de opinión referentes a la promoción y educación para la salud. Ha colaborado y ha participado en varias jornadas, espacios de debate y estudios de investigación, entre otros, relacionados con la aplicación de las TIC en el ámbito de la salud. Ha iniciado líneas de trabajo en el marco de la promoción y educación para la salud en la escuela, como contexto de ejercicio de la enfermera. Fué miembro fundador del grupo Innovación y Tecnología del COIB @itcoib.
Carmen Fernández Ferrín
Enfermera. Fué profesora Emérita de la Escuela de Enfermería de la Universidad de Barcelona.
La Carmen falleció en agosto del 2013 pero su aportación y experiencia enfermera continuaran siempre presentes en la Enfermera virtual.
Fué experta en el modelo conceptual de Virginia Henderson, se interesó por el desarrollo disciplinar de la enfermería, especialmente por todo lo relacionado con la construcción teórica del mismo. Conferenciante y ponente en foros de discusión y formación profesional. Autora de Los diagnósticos enfermeros. Revisión crítica y guía práctica (8ª ed., Madrid: Elsevier, 2008) y de De la teoría a la práctica. El pensamiento de Virginia Henderson en el siglo XXI (3ª ed., Barcelona: Masson, 2005), así como de numerosos artículos.
Formó parte de la dirección científica de la Enfermera virtual y, como tal, participó en la definición de los conceptos nucleares que enmarcan la filosofía de la web, asesoró en la construcción de la misma y en el diseño de la estructura de las fichas. Así mismo, participó en la selección de los temas a abordar, en la revisión, desde el punto de vista disciplinar, de los contenidos elaborados por los autores y en la revisión final del material elaborado antes de su publicación en la web.
Roser Castells Baró
Llicenciada en filologia catalana (UB), màster en escriptura per a la televisió i el cinema (UAB), i postgraduada en reportatge de televisió (UPF). Ha treballat com a lingüista especialitzada en llenguatges tècnics i científics al Centre de Terminologia Termcat, i com a assessora lingüística i traductora a la "Revista de la Reial Acadèmia de Medicina de Catalunya", entre altres entitats. Actualment, compagina l'activitat com a lingüista amb la de guionista. Ha col·laborat en la realització de diversos vídeos didàctics per al COIB.
Comisión deontológica
La Comisión Deontológica es un órgano consultivo del Colegio Oficial de Enfermería de Barcelona en materia de ética y deontología profesional que depende de la Junta de Gobierno. Está integrado por diferentes colegiadas expertas en ética y sus funciones principales son: asesorar a la Junta de Gobierno en cuestiones y asuntos relacionados con la ética y la deontología profesionales; valorar y emitir informes de las demandas que le remite la Junta de Gobierno; publicar textos de información y/o divulgación de los temas relacionados con la ética enfermera, la deontología y la bioética; tomar posición en las situaciones de conflicto ético relacionadas con la atención enfermera; evaluar las denuncias por presuntas vulneraciones del Código de Ética Profesional en el desarrollo de la ética en la clínica diaria, y ser un órgano de consulta para las enfermeras y los enfermeros en la defensa de los derechos como profesionales.